22 marzo 2009

Avances limitados para LGTB en Ecuador, Bolivia y Venezuela

Las nuevas constituciones de Ecuador, Bolivia y Venezuela han recogido algunas de las históricas demandas de los colectivos LGTB pero en el camino han quedado muchas de sus expectativas.

“Hay que reconocer que en la nueva Constitución hay logros muy positivos”, señala Efraín Soria, activista de la Fundación Ecuatoriana Equidad, la cual, junto a otros grupos LGTB (lesbianas, gays, transexuales y bisexuales), fue convocada por la Asamblea Constituyente en un proceso participativo sin precedentes que incluyó consultas a numerosos movimientos sociales.

“Un pequeño grupo de asambleístas tuvo el acierto de buscarnos. El movimiento LGTB tuvo que golpear las puertas de muchos otros, pero finalmente pudimos llegar a la mayoría de la Asamblea”.

La Constitución de Ecuador de 2008 es posiblemente la que incluye el mayor número de menciones a favor de las personas LGTB en todo el mundo. Soria afirma que “la Constituyente escuchó nuestras expectativas”, aunque también señala que éstas quedaron recortadas en el texto final: la Constitución equipara los derechos de las uniones de hecho homosexuales a los de las parejas heterosexuales, pero no totalmente. “No deja de sorprendernos que la Constitución nos considere ciudadanos de tercera al negarnos el matrimonio y reconocernos sólo las uniones de hecho. Y, en segundo lugar, que nos trate como perversos al prohibir la adopción, que sí está reconocida para las uniones de hecho entre hombre y mujer”. Al parecer, “un golpe de mano” rebajó los derechos LGTB reconocidos para evitar que la oposición intentara poner en riesgo la aprobación de la Constitución en referéndum aprovechando el conservadurismo sexual del electorado.

El peso de la homofobia
Algo similar opina el activista Cristian Humérez, de la Fundación Diversos, respecto a los contactos de grupos LGTB con la Asamblea Constituyente en Bolivia, en los que las demandas de matrimonio y uniones de hecho fueron desoídas: “La Asamblea consultó a algunas organizaciones, aunque no al conjunto del movimiento TLGB. Hemos quedado algo satisfechos, pero no del todo: la nueva Constitución de 2009 menciona la no discriminación por orientación sexual y por identidad de género, pero nada más. Ahora es necesario desarrollar leyes específicas para otros muchos temas que quedaron rezagados”. Desde posiciones más críticas, María Galindo, del grupo feminista autónomo Mujeres Creando, niega valor real a dichas consultas: “Fue una discusión marcada por una profunda homofobia que llegó a criminalizar y patologizar al sujeto no heterosexual” y achaca esta homofobia “a la derecha, la Iglesia Católica, las sectas cristianas y el movimiento indígena campesino, simultáneamente”. Galindo tilda el resultado definitivo de “catastrófico, porque se introdujo un artículo retórico contra la discriminación, pero se ha frenado cualquier otro tipo de propuesta que tuviese consecuencias reales y concretas”. En su opinión, las consultas entre la Constituyente y las minorías sexuales deberían haber sido “sobre la política con mayúsculas” y no haberse restringido a una mera “agenda de derechos falsa y distraccionista”. En ese sentido, el grupo Mujeres Creando elaboró una Constitución feminista alternativa, en la que, como vía real de lucha global contra el machismo y la homofobia quedaba abolido el Ejército, el matrimonio y la obligación a la maternidad.

En Venezuela, en la Asamblea Constituyente de 1999 hubo una iniciativa para acordar el derecho al matrimonio homosexual, y el reconocimiento de la comaternidad y copaternidad por concepción o por adopción. La Iglesia Católica, los grupos evangélicos y la derecha nacional y extranjera, lanzaron una ofensiva que finalmente logró que el artículo sobre el matrimonio quedara restringido a hombre y mujer, una limitación inédita en la historia legislativa del país. Más tarde, ante el proceso de reforma constitucional de 2007, el Grupo Ese, alianza de feministas y minorías sexuales, propuso cambios constitucionales para reconocer las uniones estables entre personas del mismo sexo, extender el derecho de comaternidad y copaternidad a las parejas homosexuales, ampliar el derecho a la identidad incluyendo la de género, y explicitar los motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género en los artículos sobre no discriminación y protección del Estado a los grupos vulnerables. Sólo la última de estas propuestas fue recogida en el paquete final de reformas, pero no prosperó al ser rechazado en referéndum el cambio constitucional. Sin embargo, en 2008, el Tribunal Constitucional, en respuesta a un recurso del grupo Unión Afirmativa (UA) sentenció que la Constitución venezolana incluye el derecho a no ser discriminado por orientación sexual, identidad y de género. A pesar de este avance, José Merentes, miembro de UA, explica que con dicho recurso pretendían una interpretación más amplia que incluyera el derecho al matrimonio homosexual. Dicha demanda centrará en Venezuela las reivindicaciones del Día del Orgullo LGTB de 2009. Actualmente el Gobierno está elaborando una Ley de Igualdad y Equidad de Género en la que los grupos LGTB venezolanos piden incluir algunas de sus demandas, como el derecho a la identidad de género, la no discriminación, la protección laboral o el derecho de las lesbianas privadas de libertad a recibir visitas de sus parejas.

A pesar de los ‘recortes’ en los derechos finalmente reconocidos en las nuevas constituciones de Ecuador, Bolivia y Venezuela, algunos colectivos LGTB de otros países de la región observan con expectativa los cambios que se han producido de la mano de gobiernos progresistas. Así, José Montalvo, del Boletín Diversidad, una web de información sobre diversidad sexual de Perú, afirma que “en los dos últimos años los proyectos de cambio constitucional en Venezuela, Bolivia y Ecuador han integrado la no discriminación por orientación sexual. Estos gobiernos están apoyando la superación de un conjunto de estructuras opresivas más allá de la exclusión económica de los modelos neoliberales: también la discriminación por etnia, raza, sexo, orientaciones sexuales y de género. La participación activa de algunos grupos LGTB al interior de los movimientos sociales es otro factor que distingue a estos nuevos procesos políticos”.

(Fuente: diagonalperiodico.net)

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