01 febrero 2009

Colombia: Sentencia impulsa revolución cultural a favor de comunidad LGTB

Nuestras felicitaciones a la comunidad LGTB colombiana. Colombia se pone así un paso adelante en derechos LGTB en Latinoamérica. GLP

Cumplir la sentencia de la Corte Constitucional que busca proteger los derechos de las parejas del mismo sexo, exigirá una verdadera transformación cultural en Colombia.

Nada volverá a ser lo mismo, ni en el Ejército, ni en los tribunales, ni siquiera en las Cajas de Compensación familiar. En una decisión revolucionaria, la Corte Constitucional puso en igualdad de condiciones, los derechos y deberes de las parejas del mismo sexo con los de las parejas heterosexuales.

Con ponencia del magistrado Rodrigo Escobar Gil, la sentencia revisó 42 normas de una veintena de leyes y códigos civil, penal y disciplinario, y ordenó que se incluyera de manera expresa, la inclusión de las parejas gay. En el fondo, lo que la sentencia hace es
reconocer a las parejas gay como una familia, tan legítima y con tantos derechos como las familias heterosexuales.

Tendrán entonces derechos a que, aún en las Fuerzas Armadas, un ámbito donde aún hay especial dificultad para admitir a los homosexuales como iguales, deberán ser reconocidos. Así, un soldado es gay podrá exigir que su pareja sea cubierta por los servicios de salud de la fuerza pública.

Así mismo en la cortes, los jueces no podrán exigirle a un testigo que declare en contra de su pareja, sin importar si es del mismo sexo. Y si hay hijos, una lesbiana podrá exigir a su pareja que contribuya con los alimentos.

Además
no sólo tienen derecho a incluir a su pareja en la EPS y a dejarle pensión, como ya lo había ordenado la Corte e 2007, sino que ahora podrán inscribirla en la Caja de Compensación Familiar.

Como cualquier colombiano que resida en su país y que pide la nacionalidad extranjera para su esposo o esposa, una pareja homosexual que acredite formalmente su unión, podrá gozar del mismo derecho.

Así como la sentencia ordena la protección sin discriminación para la parejas homosexuales, también les impone deberes similares a los que tienen las parejas heterosexuales. De manera que un compañero puede declarar inembargable un bien adquirido con su pareja, pero no puede dilapidar los bienes habidos en esa unión, y tampoco puede violentarlo sin que se le apliquen las normas más severas que regulan la violencia intrafamiliar. También les aplicarán los agravantes penales contemplados para los casos de violencia intrafamiliar. En materia de prestaciones sociales, el derecho a recibir subsidios se extendió a los servicios que brinda a los conyuges de los afiliados las cajas de compensación familiar.

Por supuesto, como bien lo anotó Marcela Sánchez de Colombia Diversa, la activa ong que propende por un trato igualitario para la comunidad Lgbt, llevar esta nueva normatividad a la práctica no será cosa fácil, pero representa un gran paso para la igualdad en Colombia.

Implicará desaherse de prejuicios culturales, como por ejemplo el machismo, que impiden aceptar y tolerar la diversidad y reconocer los derechos de las personas sin discriminación de sexo, raza, religión u orientación sexual.

Desde la organización LGTB Colombia Diversa, han calificado la decisión de la Corte Constitucional como un ejemplo de cómo "el cumplimiento de la Constitución no se queda en el papel".

Para sus representantes, la Corte cumple con un mandato internacional de promover el concepto de igualdad "que no admite excepciones ni atenuantes según la orientación sexual de las personas" y que está vigente desde la Declaración de los derechos Humanos en 1948.

(Fuente: Semana.com, UniversoGay.com)

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