Unas 6.676 parejas del mismo sexo han contraído matrimonio en España desde que tales celebraciones fueran aprobadas por ley en el año 2005. De ellas el número de divorcios asciende sólo a 41.
Por otro lado, 4.640 fueron entre hombres y 2.036 entre mujeres, aunque en estos datos sólo se están contabilizando los datos que figuran en los Registros Civiles que están informatizados de la Dirección General de Registros y Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia.
En el 2005 se celebraron un total de 1.275 uniones entre personas del mismo sexo, sólo entre ciudadanos españoles en 946 de los casos, y con participación foránea en los otros 329, lo que supone un 25,8 por ciento del total.
Una ley que surgió con muchas dudas, de hecho semanas después de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la ley del matrimonio homosexual, Justicia hizo pública una circular para autorizar los matrimonios homosexuales entre españoles y extranjeros ante las disyuntivas surgidas por la aplicación del artículo 9.1 del Código Civil (la capacidad matrimonial se ha de regir por la ley personal del individuo, la determinada por su nacionalidad).
Desde las asociaciones se asegura que todavía quedan flecos en la ley que deben resolverse. Una legislación que cumplirá cuatro años el próximo mes de julio.
(Fuente: lavozdigital.es)
Por otro lado, 4.640 fueron entre hombres y 2.036 entre mujeres, aunque en estos datos sólo se están contabilizando los datos que figuran en los Registros Civiles que están informatizados de la Dirección General de Registros y Notariado (DGRN) del Ministerio de Justicia.
En el 2005 se celebraron un total de 1.275 uniones entre personas del mismo sexo, sólo entre ciudadanos españoles en 946 de los casos, y con participación foránea en los otros 329, lo que supone un 25,8 por ciento del total.
Una ley que surgió con muchas dudas, de hecho semanas después de publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la ley del matrimonio homosexual, Justicia hizo pública una circular para autorizar los matrimonios homosexuales entre españoles y extranjeros ante las disyuntivas surgidas por la aplicación del artículo 9.1 del Código Civil (la capacidad matrimonial se ha de regir por la ley personal del individuo, la determinada por su nacionalidad).
Desde las asociaciones se asegura que todavía quedan flecos en la ley que deben resolverse. Una legislación que cumplirá cuatro años el próximo mes de julio.
(Fuente: lavozdigital.es)
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