01 julio 2014

MINSA aprueba Protocolo del Aborto Terapeútico luego de 90 años de ser despenalizado

El aborto terapéutico no es algo nuevo, fue despenalizado en 1924, a través del artículo 119 del Código Penal, el cual refiere que “no es punible si es el único medio para salvar la vida de la gestante”. Pese a ello, no se contaba con una norma que desarrolle, unifique y establezca un “antes, durante y después” en el procedimiento médico.

Después de 90 años, el último sábado se publicó oficialmente en El Peruano y a partir del domingo,entró en vigencia. El nombre oficial del documento es “Guía técnica nacional para la despenalización del procedimiento de atención integral de las gestantes en la interrupción voluntaria por indicación terapéutica del embarazo menor de 22 semanas”.

Solo son 11 los casos médicos en los que se evaluará someter a la madre al aborto terapéutico.

1. Embarazo ectópico: la gestación del feto fuera del útero.
2. Mola hidatiforme parcial con hemorragia de riesgo materno: la placenta se convierte en un tejido cancerígeno.
3. Hiperemesis gravídica refractaria al tratamiento con deterioro grave hepático y/o renal: vómitos constantes que no se pueden tratar, se llega a la malnutrición.
4. Cáncer que requiera tratamiento quirúrgico, radioterapia o quimioterapia.
5. Insuficiencia cardíaca congestiva congénita o adquirida: es una deficiencia en el funcionamiento del corazón.
6. Hipertensión arterial crónica severa y evidencia de daño en el corazón.
7. Lesión neurológica que empeore con el embarazo.
8. Lupus eritematoso sistémico con daño renal severo refractario a tratamiento: una insuficiencia del sistema inmunológico que permite contraer cualquier infección.
9. Diabetes mellitus avanzada con daño severo del páncreas.
10. Insuficiencia respiratoria severa demostrada por una baja presión parcial de oxígeno y con patología grave: la persona no puede respirar por sí sola y necesita un respirador artificial, la causa puede ser cáncer o tuberculosis.
11. Cualquier otra patología materna que ponga en riesgo la vida de la gestante o genere en su salud un mal grave y permanente, debidamente fundamentada por la Junta Médica.

Este nuevo protocolo lo desarrolló el Ministerio de Salud, con opiniones de la Organización Mundial de la Salud, la Federación Latinoamericana de Sociedades de Obstetricia y Ginecología , Colegio Médico y otras sociedades médicas y representantes del sector salud.

Es importante mencionar que Manuela Ramos, Demus, Promsex y Católicas por el Derecho a Decidir expresaron su rechazo al protocolo de aborto terapéutico, puesto que no cuenta con los estándares establecidos por la Organización de la Salud (OMS) y porque atenta contra el Código Penal.

Su aplicación se extenderá a todos los hospitales y clínicas del Perú.

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